Toda cuña comercial debe cumplir con las normas vigentes, emitidas al respecto por la Comisión de Publicidad y Propaganda del Ministerio de Salud (MINSA) y de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP):
Requerirá la aprobación (posterior) de la Comisión de Publicidad y Propaganda del MINSA, cualquier forma de publicidad o propaganda referente a la higiene, a la medicina preventiva o curativa, a sustancias y/o procedimientos u otras formas o métodos a los que les atribuyen propiedades preventivas y/o curativas, a las drogas lícitas, a los productos de uso higiénico y medicinal, a bebidas alcohólicas, alimentos o suplementos alimenticios, a cosméticos y productos de belleza.
Las cuñas publicitarias producidas en extranjero, para ser transmitidas, deben estar dobladas por locutores nacionales con licencia de locución vigente otorgada por la ASEP y estar debidamente registradas en la ASEP mediante el pago de las cuotas de transmisión según el período de emisión de dicha cuña. El cliente o la agencia, según el caso, deberán entregar copia de los siguientes documentos: a) Formulario de pago de cuotas por la transmisión de anuncios publicitarios de producción extranjera (PACTRAP), b) recibo de pago realizado a la ASEP y, c) Declaración jurada del locutor que interviene en el doblaje del comercial.
*LA TARIFA INCLUYE HASTA 2 CAMBIOS O AJUSTES.
Aspera o Wetransfer
Especificación: 1920 X 1080 pixeles HD
Quick Time Video CODE H.264/ Audio 48,000kHz/16bit)
Correo Electrónico
Especificaciones:
Tiempo Máximo 45ss / Formato: MP3 / Peso Mínimo: 192KB / Peso Máximo: 320KB
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Entrega de piezas 48 horas previas a la fecha de salida